A unos días de iniciar el periodo para presentar tu declaración anual, aquí te decimos qué gastos puedes deducir de tus impuestos, incluso aquellos relacionados con los créditos hipotecarios.
De acuerdo con la información del Servicio de Administración Tributaria (SAT) todas las personas físicas deberán presentar su declaración anual entre el 1 y el 30 de abril, periodo en el cual podrán deducir de sus impuestos algunos gastos como servicios médicos, funerarios y créditos de FOVISSSTE e INFONAVIT.
Sin embargo, no todos los costos referentes a créditos hipotecarios son deducibles de impuestos. Aquí te dejamos una lista que te será de mucha ayuda:
- Los créditos otorgados no deben exceder los 4,954,197.75 pesos mexicanos.
- Los intereses destinados a casa habitación contratados con el sistema financiero Infonavit o FOVISSSTE.
- Los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios.
- Los fideicomisos destinados a la adquisición, construcción, remodelación de casa habitación o pago de pasivos enfocados exclusivamente a estos fines.
Para deducir los gastos de los créditos hipotecarios, asegúrate que la institución donde lo solicitaste tenga registrado correctamente tu RFC.
Tras esto revisa tu comprobante fiscal, debe contener la ubicación del inmueble hipotecado, el monto de los intereses nominales devengados y los pagados en el ejercicio.
También, corrobora que el campo “Uso del CFDI” sea por intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios.
Nota importante: Recuerda que los montos totales de deducciones personales no pueden exceder cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales ni el 15 % del total de ingreso.
ASINMEX/HIPOTECARIOS