Antes de realizar tu declaración anual, revisa qué gastos son deducibles de impuestos

El próximo 1 de abril iniciará el periodo para que todas las personas físicas presenten su declaración anual, por ello te dejamos una lista con los gastos que sí son deducibles de impuestos. 
Hoy más que nunca muchas personas han hecho múltiples gastos relacionados con la salud, sin saber que gran parte de ellos pueden ser deducibles: 

  1. Honorarios médicos, enfermeras, dentales, psicología y nutrición.
  2. Prótesis.
  3. Análisis y estudios clínicos.
  4. Gastos hospitalarios y medicinas en facturas de hospitales.
  5. Compra o renta de aparatos de rehabilitación.
  6. Lentes ópticos graduados.
  7. Prima por seguros de gastos médicos.

Además de los gastos médicos, los relacionados con servicios funerarios también pueden ser deducibles de impuestos. 
Otros pagos de impuestos deducibles: 

  • Colegiaturas de escuelas privadas con validez oficial (desde preescolar hasta bachillerato).
  • Transporte escolar (solo en caso de que este servicio sea obligatorio).
  • Intereses reales devengados y pagados por créditos hipotecarios.
  • Pago por impuestos locales por salarios.
  • Aportaciones voluntarias realizadas a las Afore.
  • Donativos dados a instituciones que tienen permitido recibirlos.

Recuerda que el periodo de tiempo designado por el SAT para realizar tu declaración anual será del 1 al 30 de abril, por lo cual la institución puso en funcionamiento el micrositio http://omawww.sat.gob.mx/declaracionanual2020/Paginas/index.html con la finalidad de que los usuarios tengan todo listo para cumplir con sus obligaciones fiscales. 
Para presentar tu declaración anual deberás contar con RFC a 13 dígitos, homoclave, contraseña y e-firma (puedes actualizarlas desde el micrositio del SAT) vigente, banco y CLABE vigente.

ASINMEX/EDUCACIÓN FINANCIERA

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