Ante el aumento de los fraudes inmobiliarios en México se implemento la NOM-247-SE-2021. Estos fraudes afectan a inmobiliarias, constructoras, instituciones financieras pero sobre todo, a los compradores.
La Secretaria de Economía (SE) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dieron a conocer la aplicación de esta norma para regular las prácticas publicitarias, comerciales y actividades integradas en la compraventa de inmuebles destinados a casa habitación.
La NOM-247-SE-2021 establece que los proveedores están obligados a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, medidas, materiales, acabados, seguros, plazos, términos, formas de pago y demás condiciones aplicables a la comercialización de un inmueble.
Esta NOM establece los requisitos informativos para la comercialización de bienes inmuebles destinados a casa habitación, así como los elementos mínimos que deben contener los contratos de compraventa de dichos bienes inmuebles. Tiene como finalidad garantizar la protección efectiva de los derechos de los consumidores.
Es aplicable únicamente a los proveedores que sean fraccionadores, constructores, promotores y demás personas que intervengan en la asesoría y venta al público de inmuebles destinados a casa habitación.
Dentro de los rubros más relevantes se encuentran los siguientes:
Publicidad
Dentro de la publicidad de compraventa de cualquier inmueble, debe prevalecer la transparencia mediante información veraz, comprobable y clara. Además, es importante que se eliminen los elementos que puedan incitar al error, información confusa, abusiva o engañosa, conforme a la Ley de Protección al Consumidor.
Condiciones del inmueble
La NOM-247-SE-2021 establece que las viviendas en venta deben cumplir con las instalaciones y condiciones necesarias para proveer los servicios básicos como el agua potable, energía eléctrica, drenaje, electricidad, utilización de gas LP, y adecuaciones para cocinar. Estas características deben estar consideradas dentro del precio de la vivienda.
Canales de atención
Es valioso que los proveedores de inmuebles cuenten con canales de atención de quejas y solicitudes, correo electrónico, formularios web, o cualquier medio digital para mantener total y completamente informado al consumidor, además de permitirle enviar quejas y sugerencias.
Protección de datos
Todos los datos brindados por el consumidor deben ser tratados de manera legal y únicamente con el fin que se le comunicó al consumidor que serían utilizados. El consumidor puede solicitar que su información sea eliminada del registro o sistema en el momento que lo desee.
Anticipos y enganches
La NOM-247-SE-2021 establece obligaciones en cuanto a anticipos, enganches, bonificaciones y el uso de marcas de instituciones como Infonavit y FOVISSSTE, con la intención de evitar que terceros no autorizados hagan mal uso de ellos.
No discriminación
Los servicios inmobiliarios prestados por el proveedor deben ser ofrecidos al público en general, respetando sus preferencias, creencias, orientación, rasgos culturales, etc., sin distinción alguna.
esta NOM es reciente, ampara todos los aspectos involucrados en el proceso de compra de un inmueble y permitirá que el sector inmobiliario impulse la legalidad y el respeto a los consumidores.
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